a
mc

quienes
arti
info
gestio
es
depo
re
marco


w


t


CONTACTOS


ENLACES


Marco Legal

LEY SOBRE DERECHO DE AUTOR

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece en  su  artículo 8,  numeral 14, que son derechos de la persona humana  la  propiedad  exclusiva  por  el  tiempo  y la forma  que  determine  la  ley,  de  los  inventos  y  descubrimientos,  así  como   de   las producciones científicas, artísticas y literarias;

CONSIDERANDO: Que los derechos de autor están regulados mediante la ley No.32-86, del 4 de julio de 1986, la cual, en la época en que fue promulgada, constituyó un instrumento jurídico moderno y eficaz para la  protección  de  todas  las  obras  comprendidas  bajo  el derecho autoral;

CONSIDERANDO: Que  mediante  la  resolución  No.2-95,  del  20  de  enero  de  1995,  la República Dominicana  ratificó  el  Acuerdo  de  Marrakech,  por  el  cual  se  establece  la Organización Mundial del Comercio;

CONSIDERANDO:  Que  el   acuerdo   sobre   “Aspectos   de  los  Derechos  de  Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio” (ADPIC) forma  parte  integral  del  Acuerdo  de Marrakech;

CONSIDERANDO: Que la adecuación institucional y legislativa del régimen  de  derecho  de autor, en consonancia con el ADPIC, requiere de una nueva ley sobre derecho de autor  y de  la   institucionalidad   que  garantice  el  respeto  de  los  derechos  de  sus  legítimos detentores, teniendo en cuenta el mejor interés nacional.

f